|
|
||
|
Blogs iPodizados
![]() ![]() ![]() iPod+iTunes en Apple BoletÃn de iPodizados.com Mantengase informado de nuestras ultimas noticias! |
Enviado por Redactores el Vie, 21/12/2007 - 08:23.
La enmienda fue impulsada por el senador de ICV Jordi Guillot y emplaza al Gobierno a modificar, en el plazo de un año, el artÃculo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual, suprimiendo el canon digital y proponiendo alternativas consensuadas con el sector para la salvaguarda de los derechos de autor y de la propiedad intelectual. El debate se disparó a raÃz de la decisión del Grupo Popular en el Senado de apoyar la supresión del canon y la búsqueda de una alternativa. El PP, que sà que apoyó el canon durante la tramitación de la Ley de la Propiedad Intelectual, ha variado el discurso, con su lÃder, Mariano Rajoy, como abanderado.
Mientras, el Gobierno aprovechó para publicar las tarifas que se aplicarán a partir de mediados de enero, unas tarifas que llegan año y medio después de la aprobarse la Ley de la Propiedad Intelectual, que establecÃa la ampliación del canon digital, y que generaron reacciones encontradas. Oportunidad perdida de 'blindar' la libertad de expresiónLa ley aprobada tiene otros puntos de interés, como la posibilidad de bloqueo administrativo de contenidos. El abogado y experto Carlos Sánchez Almeida recordó que esta posibilidad existe en la actual LSSI, y que con esta reforma "se ha vuelto a perder la oportunidad de 'blindar' Internet como un espacio de libertad frente a posibles censuras administrativas". El nuevo contenido del artÃculo 11 de la LSSI posibilita a entidades administrativas el bloqueo de contenidos en la Red, siempre que no vulneren la libertad de expresión. No obstante, lo que no queda claro es quién decide esto último, ya que en ningún momento se especifica que sea un juez quien decide esto. Según este artÃculo, "la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artÃculo 20 de la Constitución sólo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes". La pregunta es: ¿quién decide que cuándo la restricción afecta a la libertad de expresión? Ojo al aviso legalSánchez Almeida apuntó que la Red puede ser considerada en sà misma una publicación, por lo que cualquier secuestro afecta a la libertad de expresión. Uno de los consejos que brindó el experto es que los responsables de las páginas web (también los blogs) "revisen el aviso legal" para, por ejemplo, dejar claro que el contenido se acoge al artÃculo 20 de la Constitución. Por supuesto, hay voces contrarias a esta lectura. Cuando el texto se aprobó en el Congreso, la portavoz socialista Lourdes Muñoz quiso subrayar que la norma "pone fin a la incertidumbre y deja claro que los contenidos y la libertad de expresión e información en Internet sólo pueden ser juzgados en los tribunales de Justicia". "La censura no entra en esta ley", afirmó Muñoz. Hay que recordar que la tramitación de esta ley fue, de hecho, muy polémica, especialmente tras la 'aparición y desaparición', el pasado mes de abril, de un artÃculo en el texto del proyecto de ley, el 17 Bis, que dejaba en manos de las entidades de gestión de derechos de autor la retirada cautelar de contenidos en Internet, y que el Gobierno se apresuró a retirar de la LISI tras las crÃticas tanto del Consejo de Estado como de los usuarios. Otros puntos importantesEl texto de la nueva ley recoge también que los contenidos digitales de titularidad pública serán puestos a disposición del público "sin restricciones tecnológicas para su uso, copia o distribución", siempre que se cite la autorÃa y se distribuyan en los mismos términos, en un acercamiento a las licencias 'copyleft'. Esto se aplicará a los contenidos cuyos derechos pertenezcan a las administraciones o sean de dominio público, siempre que no se perjudique al funcionamiento de la administración y "no afecte al interés general". También reconoce la cesión libre de contenidos por parte de personas fÃsicas o jurÃdicas. AsÃ, se recoge expresamente el derecho de cesión de derechos de explotación de una obra por sus dueños, siempre que las obras derivadas se distribuyan igual. Además, insta a la difusión a entidades y ciudadanos en general de "todas aquellas herramientas que sean declaradas de fuentes abiertas ('software' libre) por las administraciones". Por otro lado, otro punto importante tiene que ver con la extensión de la banda ancha "con el fin de conseguir, antes del 31 de diciembre de 2008, una cobertura de servicio universal de conexión, independientemente del tipo de tecnologÃa utilizada en cada caso y de su ubicación geográfica". Fuente: El Mundo Anterior: Rosie O'Donnell lo cuenta sobre todo... ¡sobre el iPhone! Siguiente: Apple reactivará el Apple TV en la próxima MacWorld
Enlaces relacionados
»
|
Buscar ¡FondomanÃa! Encuesta Acciones de Apple
Ultimo cambio: $92.70 Cambio de Hoy: +1.69 Comentarios recientes
Útimas noticias de faq-mac.com
RSS por Temas Archivo mensual |
Enviar un comentario nuevo