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Enviado por Alf el Mié, 12/11/2008 - 12:11.
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En este mundo de teléfonos móviles, donde año tras año hemos sufrido a los mismos perros pero con distinto collar (nombre), y donde la estafa, extorsión y engaño al usuario -con tal de llevarle a su huerto- eran la norma de la ley de la selva de las telecomunicaciones, muchos hemos tenido terminales y números de diferentes operadores, que una vez abandonado el servicio se negaban a acusar recibo y seguían enviando facturas, por más faxes y documentación que se les remitiera.

De este grupo de desagradables "fantasmas del pasado" destaca Treym (legal), nombre comercial o pantalla detrás del que se "esconde" Aktiv Capital una empresa dedicada a comprar listados de deudores a operadoras telefónicas y bancos (para ellos no somos presuntos, si estás en el listado eres deudor) y capaces de introducirte en el listado de morosos (Asnef - Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) sin que tú puedas hacer otra cosa para impedirlo que pagar, pagar y pagar.

La estrategia de Treym (una versión moderna de "un cobrador vestido de pingüino") es acosarte con cartas físicas y con mensajes SMS al móvil, todos llenos de vaguedades e intentando que seas tú el que tomes la iniciativa (ver la captura, tienes que llamar tú para informarte). Su única argumentación es que figuras en un listado de deudores que ellos han comprado y que les debes dinero.

Treym.jpg

Lo que busca Treym -especialmente en estos tiempos- es gente en situación económica apurada (o delicada) a quienes el miedo a que no les den una hipoteca o no les renueven un crédito por figurar como morosos en las "listas negras" que consultan las entidades financieras les lleven a pagar sin hacer preguntas.

Lo que el usuario debería hacer sería poner una denuncia ante la agencia de protección de datos, presentar demanda de protección del derecho al honor, y reclamar una indemnización, si eso fuera posible en nuestro amado país sin que finalmente no sólo tengas que pagar la deuda sino que además te toque pagarles las costas, la caña y la comida. Para los que se sientan con ganas de reclamar que les dejen en paz, en el blog de Diego el internauta tienen un modelo de respuesta a Treym.

Artículos que se citan en la respuesta:

Artículo 1955
El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe.
También se prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición.
En cuanto al derecho del dueño para reivindicar la cosa mueble perdida o de que hubiese sido privado ilegalmente, así como respecto a las adquiridas en venta pública, en Bolsa, feria o mercado, o de comerciante legalmente establecido y dedicado habitualmente al tráfico de objetos análogos, se estará a lo dispuesto en el artículo 464 de este Código.

Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos

Artículo 6. Consentimiento del afectado, apartado 4
4. En los casos en los que no sea necesario el consentimiento del afectado para el tratamiento de los datos de carácter personal, y siempre que una ley no disponga lo contrario, éste podrá oponerse a su tratamiento cuando existan motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal. En tal supuesto, el responsable del fichero excluirá del tratamiento los datos relativos al afectado.

Artículo 17. Procedimiento de oposición, acceso, rectificación o cancelación.

1. Los procedimientos para ejercitar el derecho de oposición, acceso, así como los de rectificación y cancelación serán establecidos reglamentariamente.

2. No se exigirá contraprestación alguna por el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación.

Artículo 30. Tratamientos con fines de publicidad y de prospección comercial, apartado 4
4. Los interesados tendrán derecho a oponerse, previa petición y sin gastos, al tratamiento de los datos que les conciernan, en cuyo caso serán dados de baja del tratamiento, cancelándose las informaciones que sobre ellos figuren en aquél, a su simple solicitud.

Artículo 18. Tutela de los derechos.

1. Las actuaciones contrarias a lo dispuesto en la presente Ley pueden ser objeto de reclamación por los interesados ante la Agencia de Protección de Datos, en la forma que reglamentariamente se determine.

2. El interesado al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación, podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o, en su caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación.

3. El plazo máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses.

4. Contra las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos procederá recurso contencioso-administrativo.

La invulnerabilidad de Treym/Aktiv

Según informa la propia Aktiv en su web a través de unas preguntas/respuestas, tienen derecho a hacer todo eso y más, según la ley española:

He recibido la comunicación de Aktiv Kapital donde me informan que se ha producido una cesión de créditos y que tengo que abonarles una deuda que tenía con Telefónica de España o Telefónica Móviles, ¿tienen que solicitarme mi consentimiento para esta cesión?
No se necesita el consentimiento del deudor para la cesión de su crédito dado que en la legislación española (Código Civil y Código de Comercio) expresamente establecen que no se requerirá el consentimiento del deudor para efectuar una transmisión de su crédito, si bien, debe ser notificado para su conocimiento del nuevo lugar de pago liberatorio de su deuda.

No he recibido la carta de notificación de cesión de mi deuda, ¿Puede reclamarme la deuda Aktiv Kapital?
Según se establece en la legislación aplicable y así lo ha ratificado la jurisprudencia española, la ausencia de recepción por el deudor de la comunicación de cesión de su deuda no implica que la cesión no se haya perfeccionado y que el legítimo acreedor de la deuda sea el cesionario o adquirente de la misma, en este caso Aktiv Kapital.

La deuda que me reclaman de Telefónica de España o Telefónica Móviles es muy antigua y ha prescrito, ¿Puede reclamarme la deuda?
En la legislación existen distintos plazos de prescripción en función de la acción o de la obligación. No existe un único plazo de prescripción. El plazo general durante el cual se puede reclamar una deuda es de 15 años, aunque hay reglas específicas para algunos supuestos.

La prescripción puede interrumpirse por cualquier medio y se produce siempre que se requiere el pago de una deuda cierta, vencida y exigible. La interrupción implica que comienza de nuevo a computarse el plazo de prescripción que marca la legislación.

No obstante, la prescripción no afecta a la veracidad ni existencia de la deuda, por ello, la obligación moral del pago de la deuda No prescribe y la deuda No deja de existir.

Me opongo al pago de la deuda por disconformidad con el precio, la facturación, el funcionamiento de la línea o cualquier otra cuestión derivada del servicio, ¿pueden seguir reclamándome la deuda?
El procedimiento para efectuar estas reclamaciones comienza con una queja ante la operadora, en cualquiera de sus oficinas comerciales, en el plazo de 1 mes, desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que las motiva.

En dicha queja debería constar el DNI del reclamante, domicilio y línea telefónica objeto de reclamación, gestiones telefónicas que no han podido llevarse a cabo, alegación de los derechos que se entienden no satisfechos y petición en que se concrete claramente la solicitud.

En estos casos, la operadora deberá resolver sobre la reclamación formulada por el usuario y reclamante.

Las quejas sobre el servicio que no se resolvieron de acuerdo al procedimiento indicado, se consideran aceptadas por el usuario del servicio y, salvo nueva prueba documental contradictoria sobre la existencia de la deuda, son objeto de reclamación y debe procederse a su pago, al haberse incumplido la relación contractual existente y sin que se haya opuesto en plazo ningún motivo que justifique su incumplimiento.

Puse una reclamación ante la operadora y no me contestaron, ¿pueden seguir reclamándome la deuda?
Transcurrido el plazo mencionado en la pregunta anterior y sin que el reclamante obtenga una respuesta satisfactoria del operador, éste tiene la posibilidad de acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo. En la solicitud de arbitraje a la Junta habrán de constar los mismos datos que en la queja ante la operadora.

El procedimiento se encuentra regulado en el Real Decreto 636/93, de 3 de mayo, de desarrollo del artículo 31 de la Ley 26/84, de 19 de julio, de Defensa de Consumidores y Usuarios. La solicitud de arbitraje se formaliza ante las propias Juntas Arbitrales, en las Oficinas Municipales de Atención al Consumidor o en las Asociaciones de Consumidores.

Si el operador no se somete a arbitraje, también queda abierta la vía administrativa que se dirime a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. Para iniciar este procedimiento se debe acudir en el plazo de 1 mes a contar desde la respuesta del operador o desde la finalización del plazo establecido para dicha respuesta. La resolución que la Secretaría dicte agotará la vía administrativa.

Las quejas sobre el servicio que no se dirimieron según el procedimiento descrito, se consideran aceptadas por el usuario del servicio y, salvo nueva prueba documental contradictoria sobre la existencia de la deuda, son objeto de reclamación y debe procederse a su pago, al haberse incumplido la relación contractual existente y sin que se haya opuesto en plazo ningún motivo que justifique su incumplimiento.

Hay muchas más preguntas/respuestas en la página original, donde se respira el aire helado de una empresa sin alma, en el peor sentido de la burocracia: tenemos un papel que dice que usted debe dinero, usted debe hacer lo imposible por demostrarnos que estamos equivocados (y aún así, ya veremos).

Treym y Aktiv Capital comparten una misma oficina de "atención" al cliente:

Departamento de Atención al Cliente
Treym Consulting y Servicios a Empresas, S.L.U.
C/ Hermanos García Noblejas, 39- 3º planta.
28037 Madrid

»

Muy buenas quisiera dar mi

Muy buenas quisiera dar mi opinión sobre todo eso lo cual sucede y las personas nos vemos solos ante ese tipo de situaciones que nos meten una pequeña deuda al mayor interés y luego no las están reclamando mediante chanchullos y muchas veces sin credibilidad y hay veces que son estafas;
Y la verdad si verdaderamente debemos una deuda pero queremos liberarnos de esos intermediarios los cuales muchas veces suelen ser intermediarios fantasmas creo que si todas las personas las cuales deben deudas si se organizaran o también existiera alguna organización la cual fuera capas de saber invertir todos los pagos de los deudores el resultado podría ser este todo deudor de una deuda la ingresa poco a poco en ese fondo de inversión y otros las invierten para general ganancias he intereses y el resultado es que todos los deudores que participen mediante esa estrategia se podría venefiar de poner primero unos pagos a general intereses y a su ves todo aquel que les reclama la deuda tendría que demostrar que verdaderamente es el representante del acreedor de esa deuda la cual mediante esa garantía podría quedar fiquitada por lo demás solo les queda a los deudores esperar a un proceso prejudicial para así tener la garantía de que quines la reclama son los verdaderos representantes y también ir haciendo pagos en un decanato y dejar bien claro que eso ingreso son en beneficio de los verdaderos acreedores y si luego quieren cobrarlas otros de demuestre en los juzgado que son los que han comprado esa deuda y que sea los juzgado nos que nos de las respetiva cartas de pagos
Sin mas me despido acabando con esta ultimas palabras ante la dudad organizarse esa la solucion

Opciones:

Creo que esto puede ser

Creo que esto puede ser útil al foro:

Las deudas de suministros de operadoras prescriben a los 3 años (desde su última reclamación)

BOE núm. 312 Sábado 30 diciembre 2006 46601

22950 LEY 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de

la protección de los consumidores y usuarios.

Seis. Se modifica el artículo duodécimo que pasa a

quedar redactado en los siguientes términos:

«1. En la contratación con consumidores debe

constar de forma inequívoca su voluntad de contratar

o, en su caso, de poner fin al contrato.

2. Se prohíben, en los contratos con consumidores,

las cláusulas que impongan obstáculos onerosos

o desproporcionados para el ejercicio de los

derechos reconocidos al consumidor en el contrato.

3. En particular, en los contratos de prestación

de servicios o suministro de bienes de tracto sucesivo

o continuado se prohíben las cláusulas que

establezcan plazos de duración excesiva o limitaciones

que excluyan u obstaculicen el derecho del consumidor

a poner fin al contrato.

El consumidor podrá ejercer su derecho a poner

fin al contrato en la misma forma en que lo celebró,

sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o

desproporcionadas, tales como la pérdida de las

cantidades abonadas por adelantado, el abono de

cantidades por servicios no prestados efectivamente,

la ejecución unilateral de las cláusulas penales

que se hubieran fijado contractualmente o la

fijación de indemnizaciones que no se correspondan

con los daños efectivamente causados.

4. Los contratos de prestación de servicios o

suministro de bienes de tracto sucesivo o continuado

deberán contemplar expresamente el procedimiento

a través del cual el consumidor puede

ejercer su derecho a poner fin al contrato.

Opciones:

Hola, soy nuevo en

Hola, soy nuevo en cuestiones de ipod, pero necesito saber si exite algún sitio donde descargar los firmware de los ipod, pues mi internet no me permite actualizarlo directo, por favor agradezco a quien me pueda ayudar.

Escribe a mi correo y mandar el link para descargar los firmware

< jseidel13[arroba]yahoo.es >

Saludos

Opciones:

treym

hola,a mi hara como un año,empezarona a mandarme mensajes de treym,ke me pusiera en contacto con eyos,llame,porque me asuste un poco,luego al ver que una tia muy desagradable me ponia verde por telefono y encima pagando yo...colgue.paso un tiempo y seguia recibiendo mensajes,borraba y putno,pero empezaron a llamarme muy a menudo,yo intentaba pedir el nombre de la persona,su numero de trabajadora,pero en ningun caso me lo llegaron a dar,me reclaman una deuda del 2003,por la que estoy en asneff,pero que no tengo consatancia de esa deuda,ya que hable con movistar y me dijeron que no tenian nada.yo en aquel año,si estaba con moc¡vistar,pero me cambie a vodafone,y hace unos meses me llamo movistar para ver si queria pasarme de compañia,les dije que no,porque habia una empresa que me acosaba con una deuda hacia movistar,y la chica muy simpatica,me dijo que le diera mi dni,que lo iba a comprovar,se lo di,y me dijo que no existia dicha deuda.alguien me explica que quiern esta gente???yo lo he intentado todo,decirles que me lleven a juicio,que esta en manos de mi abogado,que me manden dicha factura....pero nada,no dejan de acosarme y de amenazarme...

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Hay Alguien que haya sido

Hay Alguien que haya sido juzgado por TREYM ...???
Tardó mucho tiempo en celebrarse el juicio desde la primero carta??
Gracias

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TREYM CONSULTING Y SERVICIOS A EMPRESA S.L.U

envie esta carta qe encontre por internet y me an dejado en paz

TREYM CONSULTING Y SERVICIOS A EMPRESA S.L.U
FONDO ESPAÑOL DE RECUPERACIONES, BV

Estimados señores:

En contestación a su escrito de fecha 9/5/2.008, bajo la referencia del epígrafe, por el que me reclaman Uds. el pago de una deuda con VODAFONE ESPAÑA, S.A., les manifiesto que no tengo constancia de la existencia de la citada deuda, la cual nunca se me ha reclamado, por lo que al objeto de poder comprobar su exactitud, les agradeceré me remitan una copia del documento original o factura origen de esa reclamación, que deberá contener, con toda claridad, el importe de la supuesta deuda, la fecha del servicio, y el concepto o conceptos por los que se produce. Igualmente les solicito que se me informe de sí el recibo de dicha factura fue presentado al cobro y devuelto por el banco, ya que tampoco tengo constancia de ello, y en caso negativo, se me indiquen las causas del porqué no fue en su día enviada la factura ni presentado el recibo al cobro.

Con relación a la inclusión de mis datos en sus ficheros y dado que no me consta deuda alguna con esa operadora, al amparo de los artículos 8.1. y 8.4 del Reglamento de Desarrollo de la LOPD 1720/2007, solicito expresamente la exclusión cautelar de mis datos en los ficheros de la sociedad encargada del cobro: TREYM CONSULTING Y SERVICIOS A EMPRESAS S.L.U, en tanto en cuanto no se verifique la existencia real de la deuda reclamada, y poder comprobar si ésta es cierta, vencida y exigible.

Por último, y dado que entiendo que la empresa encargada del cobro no goza de los requisitos necesarios para los “supuestos especiales” contemplados en el art.19 de la LOPD, habiéndose producido por tanto una cesión de mis datos personales, hago expresa reserva de mis derechos de acceso, oposición, y cancelación que me otorga la citada ley, que ejercitaré tan pronto tenga en mi poder la documentación solicitada.

Atentamente,

Opciones:
Imagen de Alf

¡Muchas gracias,anónimo!

Seguro que mucha gente aprovecha esta estupenda contribución para verse libres de la pesadilla de Treym y sus métodos.

Alf
www.ipodizados.com
www.faq-mac.com
www.soundtracktunes.com

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treym legal me estafo 400E y

treym legal me estafo 400E y ahora me siguen acosando con otra historia que tambien se inventan.ahora me piden 200E.que puedo hacer

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¿Que debo hacer?

Tengo una duda y cuestión por resolver, hace mas de 7 años, deje una factura pendiente de telefónica por 50 euro aprox, y al cabo de los 7 u 8 años se pone en contacto conmigo la empresa AKTIV KAPITAL, Reclamandome una deuda de 140 euros, no se que hacer si pagarles o no no me fio ni se como se ha estipulado este ingreso llevo en la lista de morosos mas de 3 años sin saber el porque, no se como salir de esta situación donde me dicen que llegaré a juicio alguien podria ayudarme por favor ¡¡Ahora en este mes de diciembre he recibido otra carta donde me proponen ayudarme ante la crisis, proponiéndomes pagos de 30 euros mensuales para solventar la deuda. ¿que debo hacer?

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Imagen de Redactores

Hola Rocio

No olvides que son ellos los que tienen que acreditar que la deuda existe, no tú quien tiene que demostrar que la dejaste.

Pídeles que te envíen la documentación que demuestra que debes ese dinero y a partir de ahí, diles que si no lo acreditan y te vuelven a enviar una carta o notificación más, les vas a denunciar por acoso.

... y mientras tanto consulta a algún abogado :-).

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El maltrato de Orange

Aviso a navegantes: a los veinte días de conectarme con Orange (Business Everywhere) recibí la primera factura y mientras que en el contador de datos que suministra la propia empresa me indicaba que había nabegado y descargado 180 Mb en Orange me facturaban 1400 Mb. Lo comuniqué, me dijeron que lo solucionarían porque tenían otras reclamaciones similares y al mes siguiente volvió a suceder: el contador de datos de Orange me indicaba 975 Mb y me facturaron 2500 Mb. Total: 250 euros en vez de 36 euros que era lo que había contratado para una tarifa plana de 2 Gb mensuales.
Lo peor de todo es que llevo más de 20 meses de reclamaciones, de burofaxes, cartas certificadas y llamadas de teléfono a Telecomunicaciones, OCU, Consumo y Orange...y en todo este tiempo la única respuesta que he conseguido ha sido que "EL CONTADOR DE DATOS DE ORANGE NO TIENE VALOR ALGUNO" ya que "PUEDE SER MANIPULADO POR EL USUARIO", según informó Orange a la Secretaria de Estado de las Telecomunicaciones. Lo penoso de esto es que la propia compañía no ofrece posibilidad alguna para conocer con precisión cuánto llevas consumido ni en ningún momento me ha ofrecido alternativas para solucionar el problema. Además, para colmo de males, en los últimos meses ni siquiera coinciden las cantidades que me reclaman.
La atención al cliente penosa. La actitud prepotente escandalosa. Y mi único derecho al pataleo en: www.orangenomequiere.blogspot.com

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Hola amigo "maltratado"...

Hola amigo "maltratado"... mi primera frase no te va a sonar muy amigable ni calida: pero tengo que decirtelo, TIENES EXACTAMENTE LO QUE TE HAS BUSCADO, ¿a quien se le ocurre poner esas porquerias con limitaciones o facturacion por trafico de KBS descargados? Perdona que te hable asi, es que hacer eso es de parbulario, este tipo de servicios no tenian que existir, tienes que dejarte de cosas raras y ponerte internet normal y pelado con tarifa plana (cantidad fija cada mes) para que esto no te vuelva a suceder, con lo facil que es tener el adsl normal clasico!, ¿por que se mete la gente en estas historias que no son mas que estafas y timos? Pagas entre 19 o 50€ al mes, pero nunca tendras que estar fijandote en contadores de kbs! por Dios alma candida reacciona! veras como no te vuelve a pasar.

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Estoy de acuerdo en lo que a

Estoy de acuerdo en lo que a este tipo de empresas se refiere; viven de racanear lo que otros no pueden. Ahora bien, tambien os digo, que no os dejan de dar una hipoteca porque dejéis de pagar una factura de teléfono.

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